El Decreto Superior 181-2019-EF, publicado el 15/6/2019, ha modificado la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de establecer la no deducibilidad de los gastos de vehículos cuyo costo de adquisición o valor de ingreso al patrimonio haya sido mayor a 26 UIT (anteriormente, 30 UIT).
Es decir, no podrá deducirse lo que sobrepase el valor de S/109,200.00 o $ 32,000.00, aproximadamente.
Los vehículos comprendidos son los de las categorías A2, A3, A4, B1.3 y B1.4, asignados a actividades de dirección, representación y administración, que se devalúen a partir del 1/1/20 y se adquieran a partir del 16/6/19.